Micelio
Auto9 de mayo de 2024

A- de 2024

Ponente Vladimir Fernández Andrade

Demandante Salinas Hector Julio·Demandado Secretaria Distrital De Integracion Social

Tema · dato duro
Solicitud De Declaratoria De Existencia De Relación Laboral Encubierta A Través De La Celebración Sucesiva De Contratos De Prestación De Servicios.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección F, y el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá.

Se causa la controversia entre los Despachos por demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por un ciudadano, con el propósito de que se anule el acto administrativo contenido en la comunicación proferida por la Directora de Gestión Corporativa de la Secretaría de Integración Social del Distrito, por medio de la cual se negó el reconocimiento y pago de acreencias laborales derivadas de la alegada existencia de un contrato realidad que existió entre las partes, y solicita en consecuencia, que se declare que entre las partes existió un contrato de trabajo, y se paguen las acreencias laborales correspondientes.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera pertinente aplicar lo dispuesto en el auto 492 de 2021, y resuelve con la regla según la cual, conforme con el artículo 104 del CPACA, corresponde a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo conocer y decidir de fondo un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral, presuntamente encubierta a través de la sucesiva suscripción de contratos de prestación de servicios con el Estado.

Por consiguiente, la Corte dispone el envío del expediente al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección F, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados, entre ellos, al Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección F y el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección F, es la autoridad competente para conocer la demanda promovida por el señor Héctor Julio Salinas en contra de la Secretaría Distrital de Integración Social.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-5333 al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección F, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados, entre ellos, al Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.